Actualmente, a nivel nacional la deuda alcanza los 95 mil millones de pesos y del total de ingresos de causas, se
han realizado 194. 582 inscripciones y 19.229 cancelaciones.
En la región de Tarapacá la deuda supera los 2 mil millones de pesos.
“Junto a la ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos, nuestro país responde con una
institucionalidad que se hace cargo de una realidad que ha afectado a las mujeres por mucho tiempo, el abandono
parental y la falta de recursos esenciales para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, y también de miles de
hogares que termina liderando una mujer sola, que no recibe el aporte que esos niños y niñas merecen y, por lo tanto,
caen en el endeudamiento, el empobrecimiento” señaló la SEREMI de la Mujer y la Equidad de Género de Tarapacá,
Noemí Salinas Polanco, en el balance del primer año de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de
Pensiones de Alimentos (RNDPA).
Según la información del Registro Civil, actualizada al 15 de noviembre, en la región de Tarapacá durante este año de
implementación ingresaron 3.000 causas al Registro, de las cuales hubo 383 cancelaciones, la mayoría de las
cancelaciones realizadas es por pago de la deuda o porque las partes alcanzan un acuerdo de pago, por lo que aún
quedan vigentes 2.617 causas con deuda que en total suman 2.413.166.183 pesos. Existe también una deuda
contabilizada en UTM, que se encuentra en revisión por parte del Registro Civil. El registro indica que el 97% de los
deudores de alimentos son hombres y el 3% son mujeres.
En Tarapacá hay 3.517 niñas, niños y adolescentes que no han recibido pensión de alimentos según lo que indica el
Registro Nacional de Deudores.
“A un año de la implementación del registro, vemos estas cifras en la región y visibilizamos la necesidad que teníamos de
poder hacernos cargo como Estado y de que las mujeres ya no estuviesen solas en ello, es por esto que como Ministerio
de la Mujer y la Equidad de género seguiremos trabajando por mejorar la vida de las mujeres”, indicó la SEREMI de la
Mujer y Equidad de Género en Tarapacá.
¿Cómo funciona el Registro de Deudores?
Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia, los cuales
deben evaluar los antecedentes. La persona demandante debe solicitar al tribunal correspondiente la liquidación de la
deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco
discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación, el Tribunal enviará los antecedentes al Servicio de
Registro de Identificación, para que éste inscriba al alimentario deudor en el Registro Nacional de Deudores.
Este mecanismo es un sistema electrónico remoto, gratuito y puede ser consultado por personas o instituciones que
tenga la obligación legal de hacerlo, tales como deudores, demandantes, representantes legales, tribunales, bancos,
notarías, municipalidades, entre otras instituciones públicas y privadas.
Dentro de las consecuencias de ingresar al Registro Nacional de Deudores se encuentran: la retención de las
devoluciones de impuestos en la operación renta de cada año, la imposibilidad de obtener o renovar la licencia de
conducir y/o el pasaporte y la retención de operaciones de crédito (desde 50 UF o más alcanzará un 50%), entre otras
medidas.
Cabe destacar que, a partir de su implementación, el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género detectó e impulsó
medidas para mejorar el cumplimiento de la ley en el caso de los prestadores de servicios financieros, entregándole
atribuciones expresas a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), para fiscalizar y sancionar a estos actores, lo que
fue aprobado por el Congreso en diciembre de 2022. La Ley dispuso que, a partir de marzo, la CMF comenzará a
supervisar el cumplimiento de las obligaciones de consulta del Registro por parte de los proveedores de servicios
financieros que fiscaliza.
Seis meses después de la puesta en marcha del Registro, el 20 de mayo de 2023 comenzó a operar el mecanismo de
pago efectivo de pensiones, creado por la Ley 21.484 sobre Responsabilidad Parental, presentada por el gobierno del
presidente Gabriel Boric Font.
Desde entonces, ambas normativas conforman una mejor institucionalidad del Estado chileno destinada a mejorar el
cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos en el país.
A partir de la ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, si existe al menos una
mensualidad de pensión de alimentos adeudada, se puede solicitar al tribunal que dictó la resolución en donde consta la
deuda, que -en primer lugar- ordene el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas
bancarias, instrumentos de inversión y financieros, y, en segundo lugar, en las cuentas de ahorro previsional
voluntario. Esta búsqueda de fondos es realizada por el tribunal de oficio.
En tanto, si existen tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, ya sea total o parcial, continua o
discontinua, el tribunal ordena el pago mediante los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual de
cotizaciones obligatorias del deudor, sí y solo sí, el alimentante no mantiene fondos en cuentas bancarias, cuentas de
APV o instrumentos financieros o de inversión, o si éstos son insuficientes para el pago total de la deuda.